Suspendieron provisoriamente la cancha de Fontana de Trevelin

FUE POR LOS INCIDENTES ANTE BELGRANO DE ESQUEL. MAÑANA ANTE EL PEDREGOSO DEBERÁ JUGAR COMO LOCAL EN LA CANCHA DE SAN MARTIN

El estadio “el jardín” de Trevelin fue suspendido provisoriamente por el Tribunal de Disciplina y por ello el equipo de Fontana deberá jugar mañana como local en el estadio de San Martín de Esquel, con el costo económico que eso significa, en el marco de la cuarta fecha del Torneo Apertura de Fútbol de primera división.
Luego de los incidentes que se registraron casi sobre el final del partido, donde Belgrano le ganó por uno a cero a Fontana de Trevelin, el Tribunal de Disciplina resolvió la suspensión provisoria de la cancha, “hasta tanto la misma dirigencia de Trevelin realice el descargo correspondiente”.
Por otra parte, el arquero Marcos Fuentes, el defensor Luís Civitarreale y el delantero Cristian Arbe fueron sancionados por cuatro fechas de suspensión tras infringir el Artículo 185 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal.
Además de estos tres jugadores del equipo de Fontana, fue expulsado en aquella oportunidad el zaguero de Belgrano de Esquel, Juan Caneo, quien recibió la pena de una fecha de suspensión.

DOBLE PARTIDO EN EL BARRIO BADÉN

Al conocerse la suspensión de la cancha de Fontana de Trevelin, se puso en marcha el “plan B” en lo que tiene que ver con la programación de la 4º fecha del Torneo Apertura de Fútbol.
Esto significa que habrá dos partidos en la cancha de San Martín, donde Fontana de Trevelin jugará como local ante El Pedregoso (partido programado para las 15 horas), en tanto San Martín de Esquel e Independiente Deportivo se jugará a partir de las 17 horas, partido éste que será transmitido por Radio Nacional Esquel a través de la señal de AM 560.

OTRAS SANCIONES DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
El volante Rodrigo Fernández Becerra del club Independiente Deportivo fue castigado por una fecha de suspensión por transgredir el artículo 207 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal.
Otros jugadores suspendidos fueron Claudio Troncoso, de la Escuela Modelo de Fútbol, dos fechas de suspensión; Paul Painefilo, de Huracán de José de San Martín, quien deberá purgar un castigo de tres fechas de suspensión, en tanto Daniel Márquez, de San Martín de Esquel, estará una fecha fuera del campo de juego.
Por otra parte, Jorge Parada (Fontana de Trevelin) fue sancionado con una fecha de suspensión, Hernán Marihuán (Escuela Modelo de Fútbol) recibió un castigo de dos partidos; en tanto Urrutia, jugador de Huracán de José de San Martín, fue sancionado con tres fechas de suspensión.

SANCIONARON A UN ÁRBITRO
Un dato que llamó poderosamente la atención ha sido el castigo que recibiera el árbitro de la localidad de El Maitén, Nadal Marín, donde el Tribunal lo sancionó con dos meses de inhabilitación para dirigir encuentros oficiales de fútbol.
Marín transgredió el artículo 270 (incisos a, b, c, d, e y f) del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal, que señala algunas irregularidades en la confección de la planilla de juego y su posterior informe.


Reglamento de Transgresiones y Penas
¿QUÉ DICEN LOS ARTÍCULOS 185 y 270?

El Tribunal de Disciplina se basó en el artículo 185 para sancionar a los jugadores de Fontana Cristian Arbe, Marcos Fuentes y Luís Civitarreale. Dicho artículo dice lo siguiente:
“Suspensión de cuatro a quince partidos al jugador que provoque de palabra o actitud al árbitro; discuta en tono violento, ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud o ademán inequívoco; hacerle ademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio”.
Por su parte, el artículo 270, cuyo párrafo se utilizó para suspender al árbitro Nadal Marín destaca lo siguiente:
“Suspensión de siete días a diez meses al arbitro que: inciso a) omita el relato de los de los hechos que constituyan infracción reprimida por el reglamento o no cumpla resolución de la Liga sin causa justificada. Inciso b) confeccione incorrectamente las planillas de firma del partido, en las partes pertinentes de éstas, o no las confeccione. Inciso c) no entregue a la Liga las planillas de firmas de partido en el término reglamentario. Inciso d) redacte el informe en forma errónea, incompleta, ambigua o la presente incorrectamente escrito o incurra en cualquier otra negligencia al informar al Tribunal de Penas de la Liga Local. Inciso e) no haga constar en su informe, sin causa justificada, los nombres completos y apellidos como así también los números de los documentos de identidad de todo jugador que haya sido amonestado o expulsado del campo de juego o que sin llegar a haber sido expulsado del campo de juego fuera imputado de cualquier infracción, antes o después del partido. Inciso f) al que en su informe no refiera en forma completa las modalidades de hecho, individualizando al autor o autores del mismo o, en su defecto, que no señale el motivo que impidió la individualización”.

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